Recientemente el Gobierno de la Comunidad de Madrid acaba de implementar un protocolo para la atención coordinada a las mujeres mayores de 16 años víctimas de agresiones sexuales (ver documento).
Nadie duda de que es un gran avance en la atención a este grupo de víctimas. Hay que tener en cuenta que es preciso, además de prestar la atención sanitaria, facilitar la investigación forense, recogida de pruebas biológicas que permitan identificar, detener y poner a disposición de la Justicia a los agresores.
Como bien dice el protocolo, con este procedimiento se evita que la mujer tenga que acudir a una comisaría para formular una denuncia, antes de recibir la asistencia sanitaria que precise. El protocolo establece que el/la médico/a de urgencias emita el Informe de Atención Sanitaria Urgente (IASU) que se envía al Juzgado de Guardia (previo consentimiento de la mujer). Y, una vez recibido el IASU, el/la Juez ordenará el desplazamiento del médico/a forense a la urgencia hospitalaria correspondiente para que proceda a la toma de muestras biológicas. El IASU solo se envía si la mujer expresa su decisión de denunciar.
El documento del Protocolo VISEM dice literalmente (página 33):
En todos los casos se solicitará la valoración del estado psicológico por el equipo de guardia de psiquiatría. Se valorará la presencia de: emociones intensas de culpa, vergüenza, asco, miedo, terror, pánico, indefensión, angustia, impotencia, tristeza, desesperanza, rabia o ira. Crisis de ansiedad, y síntomas ansioso-depresivos. Sintomatología postraumática (síntomas intrusivos y de re-experimentación, evitación y de aumento de la activación), estado de shock, bloqueo y dificultad para tomar decisiones, incapacidad de recordar una parte importante del evento traumático y síntomas disociativos (paralización y/o distancia emocional significativa ante la violencia sufrida).
Es decir, el protocolo VISEM establece que todas las mujeres -sin excepción- que hayan sido víctimas de agresiones sexuales, atendidas en la Urgencia, tienen que ser valoradas por el/la psiquiatra de guardia de la urgencia hospitalaria correspondiente.
Hasta ahora los médicos de urgencias que atendían a las víctimas valoraban si se pedía en la urgencia interconsulta al psiquiatra de guardia o no. A partir de ahora, en Madrid, va a ser obligatorio que los/las psiquiatras de guardia vean a todas las víctimas. De hecho, para que un hospital sea incluido en el protocolo VISEM es necesario (página 17) que tenga urgencias de Ginecología y de Psiquiatría.
Una mujer que acaba de sufrir un agresión sexual se encuentra en una situación emocional muy complicada, acaba de sufrir un trauma importante. La respuesta emocional es comprensible. En algunos casos se producen respuestas emocionales intensas que pueden tener carácter patológico (reacción disociativa, autolesiones, sintomatología de estrés postraumático grave, etc). También es importante la valoración psiquiátrica en víctimas especialmente vulnerables (discapacidad intelectual, trastorno mental grave, etc). En estos casos la intervención del psiquiatra es necesaria, pero son los menos habituales.
Según el protocolo VISEM van a atender a la víctima diferentes profesionales, el personal del equipo de soporte vital avanzado (médico/a (1), enfermero/a(2)), psicólogo/a de emergencias del 112 (ver página 23) (3), médico de urgencias de puerta(4), (y eventualmente el/la ginecólogo/a de guardia(5)), y finalmente el/la médico/a forense(6). Y a todo esto se suma el/la psiquiatra de guardia(7).
El protocolo establece que la recogida de muestras la tiene que realizar siempre el médico forense, o en su presencia (página 35). Antes de que se activara este protocolo la atención a víctimas de agresiones sexuales estaba centralizada en una única urgencia hospitalaria, que era la más próxima al Juzgado de Guardia (en Madrid capital). Ahora cambia la situación: en vez de que la víctima tenga que desplazarse, es el/la médico/a forense quien se tiene que desplazar a una de las urgencias del protocolo VISEM. Esto es un gran avance, siempre y cuando no suponga largas esperas de la víctima en la Urgencia a que llegue el/la médico/a forense.
Pero, volviendo a la cuestión de la intervención psiquiátrica, creo que la obligatoriedad de valoración psiquiátrica a todas las víctimas es un error. Creo que el informe que haga el/la psiquiatra -salvo casos excepcionales- va a aportar poco, tanto en lo asistencial como en lo médico-legal. Y además puede que tenga el efecto contraproducente de que haga a la víctima tener que esperar más horas en la Urgencia, si el/la psiquiatra tiene otros casos más urgentes. Reitero que puede haber algún caso en el que sea necesaria la intervención, pero serán los menos. Por ello creo que se tendría que respetar el juicio clínico del médico de puerta sobre si es necesaria o no la intervención psiquiátrica.
Y una última reflexión. Veo la lista de los autores del documento y encuentro a una gran variedad de profesionales: magistradas, funcionarios de la Consejería de Sanidad, directivos de hospitales, epidemiólogas, enfermeras, responsables de ONGs que atienden a víctimas, psicólogas de emergencias, médicos de emergencias, etc. pero me llama la atención que no se haya incluido a ninguna psiquiatra en el grupo, que refleje nuestra visión del problema.